El Estado del Perú o Estado peruano —que conceptualmente es la nación peruana jurídicamente organizada— es la entidad que ejerce el gobierno en la República del Perú. La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú aprobada mediante referéndum, promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994. En la Constitución Política del Perú, está establecido que la República del Perú es democrática, social,[nota 2]​ independiente y soberana. Su gobierno es unitario,[nota 3]​ representativo y organizado según el principio de separación de poderes, ejercido por un Estado unitario.

Los poderes son el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial. Además, la Constitución establece diez organismos denominados «constitucionalmente autónomos», de funciones específicas e independientes de los tres poderes del Estado. Dichos organismos son el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público,la Junta Nacional de Justicia, la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva y la Defensoría del Pueblo. El Gobierno peruano es directamente elegido, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos entre los dieciocho y setenta años.[1]

Nivel nacional

Poder Legislativo: Congreso Nacional

El Congreso de la República del Perú o Congreso Nacional del Perú,[2]​ es el órgano que ejerce el poder legislativo en la República del Perú, ocupando una posición principal dentro del Estado peruano. Es, desde 1995, un Congreso unicameral conformado por una sola cámara legislativa inicialmente de 120 congresistas y a partir del 28 de julio de 2011 por 130 congresistas, elegidos por múltiples distritos (por cada departamento de acuerdo a la población electoral) para un período de cinco años, coincidiendo con el período presidencial. El sistema electoral aplicado es el del voto proporcional preferencial. El actual Congreso se instaló el 26 de julio de 2021.

Su sede principal es el Palacio Legislativo del Perú, ubicado en el centro histórico de Lima, a escasas cuadras del Casa de Pizarro.

Funciones

  • Emitir leyes, resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar.
  • Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
  • Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
  • Aprobar el presupuesto y la cuenta general.
  • Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
  • Ejercer el derecho de amnistía.
  • Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
  • Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.
  • Autorizar al presidente de la república para salir del país.
  • Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de la función legislativa

Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo Nacional es el órgano ejecutivo del Estado peruano. Se trata de un órgano unipersonal y piramidal que se encuentra en cabeza del Presidente de la República del Perú, funcionario que debe ser elegido cada cinco años por sufragio directo, secreto, universal y obligatorio, en doble vuelta junto con los candidatos a vicepresidentes.

La presidencia del Perú es ejercida por un período de cinco años sin posibilidad de reelección inmediata. Luego de un período constitucional, como mínimo, quien haya ejercido el cargo puede volver a postular. El cambio de mando se realiza cada cinco años, el día 28 de julio, en el Congreso de la República.

La actual y primera presidenta constitucional de la república, desde el 7 de diciembre de 2022, es Dina Boluarte Zegarra, quien en su calidad de vicepresidenta y siguiendo la línea de sucesión presidencial asumió el mando tras el intento de autogolpe de Estado perpetrado por José Pedro Castillo Terrones, quien fue presidente desde el 2021, tras resultar ganador de las elecciones generales de ese año, hasta su destitución a fines de 2022.

Completan su conformación, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo:

  • El Consejo de Ministros,
  • La Presidencia del Consejo de Ministros, responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales
  • Los ministerios, que comprenden uno o varios sectores y son:
    • Ministerio de Relaciones Exteriores
    • Ministerio de Defensa
    • Ministerio de Economía y Finanzas
    • Ministerio del Interior
    • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Salud
    • Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
    • Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
    • Ministerio de la Producción
    • Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
    • Ministerio de Energía y Minas
    • Ministerio de Transportes y Comunicaciones
    • Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
    • Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
    • Ministerio del Ambiente
    • Ministerio de Cultura
    • Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
  • Las entidades públicas del Poder Ejecutivo, que incluyen a los organismos públicos ejecutores y los organismos públicos especializados, así como a las empresas de propiedad del Estado.

Poder Judicial

El Poder Judicial es un organismo autónomo de la República del Perú constituido por una estructura jerárquica de estamentos, que ejercen la potestad de administrar justicia, está encabezado por un presidente electo entre los vocales supremos y por la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú que tiene en todo el territorio. El segundo nivel jerárquico lo forman las Cortes Superiores de Justicia con competencia en todo un Distrito Judicial. El tercer nivel es formado por los Juzgados de Primera Instancia cuya competencia es, aproximadamente, provincial. Luego, se encuentran los Juzgados de Paz Letrados, con competencia distrital. Y finalmente los Juzgados de Paz (no letrados), encargados de resolver asuntos judiciales sencillos.

Otros organismos

Organismos constitucionalmente autónomos (OCA)

Tribunal Constitucional

Ministerio Público

Junta Nacional de Justicia

Contraloría General de la República

Superintendencia de Banca y Seguros

Banco Central de Reserva

Defensoría del Pueblo

Sistema Electoral

Jurado Nacional de Elecciones
Oficina Nacional de Procesos Electorales
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

Entidades subnacionales

Nivel regional

El nivel regional, como consta en la Constitución, corresponde a las regiones y departamento. Anteriormente el Perú contaba con regiones.

La administración de cada región es dirigida por un organismo llamado Gobierno regional, integrada de un consejo regional, una presidencia regional y un consejo de coordinación regional. Aunque actualmente no existe ninguna región, se han conformado GR de ámbito departamental para liderar el proceso de regionalización.

A pesar de sus intentos de transferir presupuesto económico a zonas aledañas, Perú es un país fuertemente centralizado. Así, en el 2003, el Gobierno central concentraba el 86 % de los ingresos frente un 65 % de los países de la región y un 54 % de los países desarrollados; el gasto público de los Gobiernos subnacionales fue del 12 % frente al gasto total, mientras que en el resto de países de Latinoamérica la media del gasto público se sitúa en torno al 35 %. Lima representa un 86 % de la recaudación fiscal.[32]​ Los primeros esfuerzos de descentralización se iniciaron en 1985, cuando se crearon doce regiones: este proceso no tuvo éxito debido a las pugnas por la influencia política y el reparto del presupuesto, el traspaso desorganizado de las competencias, la incoherencia con el régimen fiscal, y el sistema de elección que era por asambleas regionales.

En 1992 suspendió el proceso y los sustituyó por una administración descentralizada del Gobierno central llamada CTAR —Consejos Transitorios de Administración Regional— en cada departamento, y se acentuó el centralismo. En el 2001, se revitaliza el proceso descentralizador con un amplio consenso. Los principios ordenadores de la ley: se crea los Gobiernos regionales sobre la base de los departamentos históricos, se establecen incentivos para la fusión voluntaria, se define claramente las competencias, hay una neutralidad y responsabilidad fiscal, se transfiere gradualmente los servicios, hay transparencia en el proceso.

Nivel local

El nivel local, como consta en la Constitución, corresponde a las provincias, los distritos y los centros poblados. Estas circunscripciones son administradas por municipalidades, compuestas de un concejo municipal y una alcaldía, la que a su vez dirige las empresas municipales, la economía y el trabajo de cada distrito.

Medios de comunicación

El Estado peruano opera dos empresas de comunicación, el Instituto Nacional de Radio y Televisión (IRTP) y Editora Perú. La primera empresa se encarga de la radio (Nacional) y televisión (TV Perú), mientras que la segunda opera el boletín oficial El Peruano.[33]

Notas

Referencias

Véase también

  • Organización territorial del Perú
  • Administración Pública de Perú
  • Estado de derecho en Perú
  • Gobierno electrónico

Enlaces externos

  • Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Perú.
  • Entidades del Estado Peruano
  • Organigrama del Estado Peruano
  • Acta de Independencia

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